Alegaciones al Proyecto de Real Decreto por el que se establecen los ámbitos de conocimiento a efectos de la adscripción de los puestos de trabajo del profesorado universitario y las especialidades a efectos del establecimiento de los perfiles de los concursos de las plazas de profesorado universitario de las universidades públicas

elaborado por la Secretaría General de Universidades del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades del Gobierno de España

Begoña Alonso Ruiz, como Presidenta del Comité Español de Historia del Arte (CEHA), en nombre de su Junta Directiva y de sus socios,

Expone su preocupación ante el borrador del proyecto de dicho Real Decreto, donde se sigue manteniendo la Historia del Arte en un ámbito de estudio compartido con Historia y Arqueología (ámbito no 22), después del proceso de participación pública de 2023 y todas las alegaciones realizadas, entre ellas la del CEHA avalada por los departamentos y áreas de Historia del arte de veintecinco universidades públicas.

Esta clasificación refleja una gran confusión e induce a desconocimiento sobre el enfoque de nuestro objeto de estudio, al considerar que nuestra actividad docente e investigadora se vincula con disciplinas afines como la Historia y la Arqueología. Las manifestaciones artísticas de las diferentes épocas históricas como objeto de estudio de la Historia del Arte no justifican que su ámbito de conocimiento se sume a esas otras disciplinas, ámbitos que son cercanos y afines, pero que ofrecen aproximaciones distintas pues la Historia del Arte tiene un objeto de estudio y una metodología científica autónoma, propia y diferenciada de la Historia y, por supuesto, de la Arqueología, por lo que consideramos que la adscripción de un ámbito común con estas dos disciplinas no nos representa como materia científica consolidada.

Ante esta situación, consideramos necesario solicitar la modificación del proyecto hacia UN ÁMBITO DE CONOCIMIENTO PROPIO, que se denomine exclusivamente “Historia del Arte”, y que nos permita seguir realizando como profesores universitarios nuestra docencia, investigación y transferencia dentro de los parámetros de nuestra disciplina.

Esta solicitud se sustenta en los siguientes argumentos:

La Historia del Arte es una disciplina científica de carácter humanístico, única, no equiparable a otras con las que mantiene relaciones inter y multidisciplinares, pero que, sin embargo, no la definen en su totalidad. La Historia del Arte integra saberes distintos acogiendo aportaciones de muchas otras ramas (Historia, Bellas Artes, Filosofía, Arqueología, etc.) que le confieren ese carácter de ámbito de conocimiento interdisciplinar defendido en el preámbulo de la propia Ley de Universidades (Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario).

El carácter científico de la Historia del Arte está avalado por la investigación, docencia, difusión y transferencia llevadas a cabo por los profesionales de la disciplina que desarrollan su actividad en España desde que se institucionalizó a comienzos del siglo XX, y aún antes de ello gracias a los que trabajaron desde museos o instituciones como las academias de Bellas Artes, durante los siglos XVIII y XIX. Tras la creación de la especialización en Historia del Arte a partir de 1967, la creación de la Licenciatura en Historia del Arte en 1990 y desde la convergencia con el EEES, el Grado en Historia del Arte, a día de hoy los estudios de Grado de Historia del Arte y Posgrado (máster y doctorado) están integrados y consolidados en la universidad española (según la RUCT del propio Ministerio 57 títulos impartidos en todos los niveles). Las estadísticas de las diferentes titulaciones impartidas en nuestro país avalan su consolidación en cuanto a matrícula y número de egresados, permitiendo el mantenimiento de los diferentes programas en toda la geografía nacional, por encima de los resultados alcanzados en dichos ítems por otras titulaciones con las que compartimos intereses humanísticos y que, a diferencia de la Historia del Arte, sí conservan en el nuevo proyecto ámbito de conocimiento propio.

El éxito de la Historia del Arte en España se sustenta en las competencias específicas de formación disciplinar y profesional que fueron fijadas en 2005 en el LIBRO BLANCO DEL GRADO EN HISTORIA DEL ARTE. Creemos importante destacar en este sentido que, además de las competencias vinculadas al desarrollo de un método histórico-artístico que permita conocer y valorar todas y cada una de las circunstancias que concurren en el hecho artístico en sus diferentes lenguajes, incluido el audiovisual, la Historia del Arte es la única disciplina que enseña los procesos necesarios para comprender el legado patrimonial en toda su diversidad cultural.

Crea las actitudes necesarias para que pueda ser conservado y trasmitido a las generaciones futuras; le incumbe promover la valoración y disfrute de ese valioso patrimonio histórico- artístico. De este modo, relaciona al ser humano individual con su especie y le conecta con la cultura colectiva acumulada a través de la Historia. El conocimiento de este legado cultural, el Patrimonio Cultural, mediante su adecuada puesta en valor, es una labor que compete, entre otros y sobre todos, a los historiadores del arte, que con ello contribuyen a la generación de riqueza y empleo. El patrimonio pasa así a ser considerado como capital cultural. Nuestro país es el tercero a nivel mundial en cuanto a este patrimonio cultural, tal y como reconoce la UNESCO, y el primero en Europa en Patrimonio Inmaterial. Estos datos que nos hablan de unos bienes con valor para la Humanidad que trascienden lo nacional y pertenecen a los pueblos del mundo, nos confieren una gran responsabilidad en su custodia, estudio y conservación. No poder atender estos objetivos por limitaciones normativas supondría una pérdida irreparable para nuestro patrimonio artístico, sus profesionales y estudiantes, en un futuro muy inmediato. Nos retrotraería a una situación de subordinación a otras disciplinas, sin permitirnos desarrollar plenamente nuestro potencial disciplinar, confundiendo y mezclando metodologías científicas de desarrollo ya sobradamente contrastado.

Por otra parte, estimamos que esta norma puede generar confusión al colisionar con el Real Decreto 822/2021 de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, cuyo anexo I establece los ámbitos de conocimiento a los que deben adscribirse los títulos universitarios oficiales de grado y máster, figurando la Historia del Arte únicamente en el ámbito “Historia del arte y de la expresión artística, y bellas artes”. La Historia del Arte quedaría así adscrita a dos medios diferentes en el marco universitario, debiendo gestionar la actividad docente en uno y la investigadora en otro, con todas las dificultades y conflictos que ello puede suponer.

Por todo ello, consideramos que nuestra inclusión en un ámbito de conocimiento conjunto con Historia y Arqueología no refleja nuestra particular labor, por lo que solicitamos que sean tenidas en consideración las sugerencias y aportaciones incluidas en el presente documento.

Atentamente,

Begoña Alonso Ruiz Presidenta del CEHA